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Gobierno Departamental autoriza nuevos alivios tributarios para contribuyentes por Ley 2155 o de inversión social

Los descuentos se encuentran establecidos en los artículos 47, 48, 49 y 50.

Varios beneficios tributarios tendrán los tolimenses por la Ley de Inversión Social. El primero corresponde al artículo 47, que aplica si el contribuyente recibió una notificación de pago por actos administrativos antes del 30 junio de 2021, por Impuesto sobre Vehículos, Impuesto al Consumo, Impuesto de Degüello, requerimiento especial, liquidación oficial (aforo o revisión), resolución sanción y resolución de reconsideración, se tendrá hasta el 80% de descuento en sanción e intereses.

La solicitud la podrán realizar antes del 31 de marzo de 2022 con la oportunidad de realizar acuerdos de pago hasta por 12 meses.

Para el caso del artículo 48, los contribuyentes obtendrán el 75 por ciento de descuento en la sanción del Impuesto de Vehículos, Impuesto al Consumo e Impuesto al Degüello. De igual forma que con el artículo anterior, la solicitud se podrá hacer hasta el 31 de marzo de 2022, con opción de realizar acuerdos de pago para los contribuyentes que hayan sido notificados por mandamiento de pago hasta el 30 de junio de 2021 por cualquier tributo de cobro coactivo.

En estos dos artículos, 47 y 48 respectivamente, el requerimiento se puede llevar a cabo en el correo electrónico: direccion.rentas@tolima.gov.co.

Artículos 49 y 50, multas de tránsito

En lo relacionado con los artículos 49 y 50, los ciudadanos también pueden acogerse a varios descuentos en sus infracciones de tránsito con corte a 30 de junio de 2021.

Para el caso de los vehículos se aplica el artículo 49, si su comparendo cuenta con resolución sanción anterior al 30 de junio de 2021. El primer descuento está vigente hasta el 14 de mayo de 2022 con 100% en intereses y 50% en la multa; y un segundo descuento que arranca desde el 15 de mayo hasta el 14 de septiembre con 100% en intereses y 20% en la multa.

Pasando a las motocicletas, con el artículo 50, hay un primer plazo que vence el 14 de marzo con el 100% en intereses y 80% en la multa, y el segundo plazo empieza a regir desde el 15 de marzo al 14 de mayo con el 100% en intereses y el 60% en la multa; y un último plazo del 15 de mayo al 14 de septiembre con el 100% en intereses y un 20% en la multa. Cabe anotar que estos alivios no aplican para los comparendos por embriaguez.
Para mayor información sobre estos beneficios puede escribir al correo fcm.dptaltolima@datatools.com.co; o dirigirse a las oficinas del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte del Tolima DATT, ubicadas en el Centro de Atención al Contribuyente, en la carrera Cuarta #9-67 del barrio La Pola.